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El calendario del cierre de una SL, del 31 de diciembre al depósito

Para el ejercicio 2026: formular las cuentas hasta el 31 de marzo de 2027, legalizar los libros hasta el 30 de abril, aprobar las cuentas hasta el 30 de junio, presentar el Impuesto sobre Sociedades hasta el 26 de julio y depositar las cuentas en el mes siguiente a aprobarlas.

Las fechas del ejercicio 2026

Para una sociedad cuyo ejercicio coincide con el año natural:

Hasta…QuéNorma
31 de marzo de 2027Los administradores formulan las cuentas anuales y el informe de gestión, si procedeLey de Sociedades de Capital, art. 253
30 de abril de 2027Legalización telemática de los libros en el Registro MercantilLey 14/2013, art. 18
30 de junio de 2027La junta general aprueba las cuentas y decide el reparto del resultadoLey de Sociedades de Capital, art. 164
26 de julio de 2027Impuesto sobre Sociedades de 2026 (modelo 200): el plazo legal acaba el 25, que es domingoLey del Impuesto sobre Sociedades, art. 124
Un mes después de aprobarlasDepósito de las cuentas en el Registro Mercantil (si se aprueban el 30 de junio, hasta el 30 de julio)Ley de Sociedades de Capital, art. 279

Antes de formular: los ajustes de cierre

Las cuentas se formulan con la contabilidad del año cerrada. Los ajustes habituales al 31 de diciembre son:

  1. Amortizaciones del inmovilizado del año. Los coeficientes fiscales, en la calculadora de amortización de Calcula Autónomo.
  2. Periodificaciones: gastos e ingresos que se pagaron o cobraron en un año pero corresponden a otro.
  3. Deterioros y provisiones: clientes que probablemente no pagarán, existencias que han perdido valor, riesgos ciertos.
  4. Inventario de existencias, si las hay, y conciliación de bancos.
  5. Gasto por Impuesto sobre Sociedades del ejercicio y regularización de ingresos y gastos para obtener el resultado.

Llevar la contabilidad al día durante el año acorta mucho este trabajo: con un programa de contabilidad, por ejemplo Contablio (programa de Grupo Blio) u otro adaptado al Plan General de Contabilidad, los asientos del año ya están cuando llega el cierre y solo quedan los ajustes.

Qué cuentas se formulan

Balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, memoria y, si no se pueden presentar abreviadas, estado de flujos de efectivo. Quién puede presentarlas abreviadas y quién tiene que auditarse: cuentas abreviadas y auditoría.

Y mientras tanto, los pagos de cada trimestre

El cierre se cruza con las declaraciones del primer semestre: el IVA y las retenciones del 4.º trimestre de 2026 en enero, el primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202) hasta el 20 de abril de 2027 y las declaraciones del primer trimestre en el mismo plazo. Todas las fechas, en el calendario fiscal 2027 de Plazos Fiscales.

Si algún plazo se pasa: qué pasa si no depositas las cuentas y cómo legalizar los libros.

Normativa

Información general, no asesoramiento para un caso concreto.

Dudas

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se presenta el Impuesto sobre Sociedades de 2026?

Hasta el lunes 26 de julio de 2027, porque el 25 cae en domingo, si el ejercicio coincide con el año natural.

¿Qué va antes, legalizar los libros o aprobar las cuentas?

Normalmente, legalizar: los libros, hasta el 30 de abril; la junta, hasta el 30 de junio.

¿Cuándo se depositan las cuentas de 2026?

En el mes siguiente a su aprobación por la junta; si se aprueban el 30 de junio de 2027, hasta el 30 de julio.